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¿Con el alumnado en formación hay que observar todas las normas de prevención de riesgos laborales?

Sí, puesto que se asimilan a personas trabajadoras por cuenta ajena, según establece el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación

El curso de prevención de riesgos no se puede obtener mediante la realización de otro curso en otra entidad. Si el alumnado suspende el curso de prevención de riesgos que se evalúa en el ciclo, no puede acudir a la empresa hasta que lo obtenga.

Por |2026-01-14T10:04:49+02:00enero 13, 2025|, |Sin comentarios

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